Presidente del TC explica fundamentos de la sentencia sobre horarios de venta de bebidas alcohólicas
SANTO DOMINGO.– El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Napoleón Estévez Lavandier, explicó los fundamentos de la sentencia que declaró inconstitucionales las restricciones de horarios para la venta de bebidas alcohólicas establecidas mediante el Decreto 308-06. El magistrado indicó que la decisión responde a criterios constitucionales relacionados con la reserva de ley y las competencias de los poderes del Estado.
Estévez Lavandier señaló que las limitaciones a derechos y actividades económicas deben estar sustentadas en una norma con rango de ley aprobada por el Congreso Nacional, por lo que un decreto presidencial no puede establecer restricciones generales que afecten el ejercicio de determinadas libertades.
La sentencia del Tribunal Constitucional generó debate entre distintos sectores, especialmente por sus implicaciones en materia de seguridad ciudadana, orden público y regulación de establecimientos dedicados al expendio de bebidas alcohólicas.
El presidente del TC sostuvo que el fallo no elimina la posibilidad de regular estos aspectos, sino que establece que cualquier medida de esa naturaleza debe seguir los procedimientos establecidos por la Constitución y respetar el marco legal correspondiente.

