Ministerio Público solicita prisión y declarar caso complejo de la Operación Camaleón
Santo Domingo. — El exdirector del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), Hugo Beras y José Ángel Gómez Canaán «Jochi Gómez», coincidieron en un evento social familiar, momento en el que coordinaron una reunión privada.
Así consta en la solicitud de medidas de coerción presentada por el Ministerio Público contra los implicados en la Operación Camaleón, que detalla que dicha reunión se realizó en el apartamento del imputado Jochi Gómez, donde Hugo Beras manifestó nuevamente su deseo de ser director del INTRANT.
“La relación entre los imputados Hugo Beras Coico Ramírez y José Ángel Gómez Canaán surgió a raíz del interés que Hugo Beras le manifestó al señor Arcala Rodríguez de conocer a José Ángel Gómez. Tras coincidir en un evento social familiar, se coordinó una reunión en el apartamento del imputado José Ángel Gómez Canaán, en la cual Hugo Beras expresó nuevamente su deseo de ser director del INTRANT, así como sus ideas sobre el tránsito y posibles soluciones para resolver los problemas viales en la ciudad.”
El documento también señala que el 12 de noviembre de 2021 se llevó a cabo otra reunión, esta vez solo con la participación de Hugo Beras y José Ángel Gómez Canaán.
“Once meses después, Hugo Beras fue designado mediante decreto como director del INTRANT».
Tras la designación de Beras en el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) en febrero de 2023, Jochi Gómez se comunicó con Edwin Emilio Yeara Alcántara, amigo y compañero de clases, solicitando que verificara el proceso que estaba colgado en el portal de compras dominicanas sobre la adquisición de semáforos.
Según el órgano acusador, Gómez quería que Edwin Emilio Yeara Alcántara participara a través de un consorcio de empresas para licitar en un proceso del INTRANT, junto con el señor Mario Virgilio Arcala Rodríguez, como parte del consorcio.
El documento detalla además que el nombre del consorcio, «Consorcio de Seguridad Sostenible,» fue propuesto por el imputado Jochi Gómez Canaán.
El 2 de abril de 2023, José Gómez se comunicó con Mario Virgilio Arcala Rodríguez, indicando que él, Mario Virgilio Arcala Rodríguez, formaría parte de un consorcio junto a Edwin Emilio Yeara Alcántara para participar en una licitación de semáforos.
El Ministerio Público también solicitó que el caso sea declarado complejo, dado el volumen de pruebas y la gravedad de las imputaciones contra el exdirector del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), Hugo Beras; Frank Díaz Warden, excoordinador de Despacho y representante de Beras ante el Comité de Compras del INTRANT; Samuel Gregorio Baquero Sepúlveda, exdirector de tecnología del INTRANT; José Ángel Gómez Canaán (Jochi), propietario de la empresa Aurix S.A.S.; Pedro Vinicio Padovani Báez, exencargado del Centro de Control de Tráfico del INTRANT; Juan Francisco Álvarez Carbuccia, director administrativo y financiero del INTRANT y Carlos José Peguero Vargas.
El Ministerio Público presentó, entre otras pruebas, un contrato fraudulento para la modernización del sistema de semaforización del Gran Santo Domingo y un contrato ilegal entre el Ministerio de Defensa y la empresa Aurix, utilizado para usurpar funciones de organismos de inteligencia, seguridad y defensa del Estado. También se presentó evidencia relacionada con el sabotaje a la red semafórica en agosto, todos ellos elementos claves del proceso.
Los imputados en Operación Camaleón son investigados por conductas típicas a lo establecido en los artículos 146, numeral 1 de la Constitución de la República Dominicana (proscripción de la corrupción); artículos 123, 124 (coalición de funcionarios), 147, 150 y 151 del Código Penal dominicano (uso de documento privado); 171 y 172 (desfalco), artículos 265 y 266 (asociación de malhechores), así como el artículo 405 (estafa en perjuicio del Estado dominicano) del Código Penal dominicano; artículos 11, 17, 27, y 28 (sabotaje, robo de identidad, crímenes y delitos contra la nación, y actos de terrorismo), de la Ley núm. 53-07, contra Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.
Así como, los artículos 5, 33, 34, 35, 36, (contrabando) de la Ley núm. 17-19 sobre la Erradicación del Comercio Ilícito, Contrabando y Falsificación de Productos Regulados; y los artículos 2, 3, 4, 5, 8, 9, y 10 (Lavado de Activos) de la Ley núm. 155-17 sobre Lavados de Acivos y Financiamiento del Terrorismo, artículos 5, 8 letra F y 26 de la Ley núm. 267-08 sobre Terrorismo, y crea el Comité Nacional Antiterrorista y la Dirección Nacional Antiterrorista, artículos 66, 67 y 69 de la ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, todo esto en perjuicio del Estado dominicano.