Justicia

¿2 o 30 años de cárcel? Juez decidirá si cambia la calificación penal de los hermanos Espaillat

El magistrado Franny González Castillo dará a conocer su decisión este viernes sobre la solicitud de los querellantes para que el caso Jet Set sea juzgado como homicidio voluntario, una modificación que podría elevar la pena máxima de dos a 30 años de prisión.

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SANTO DOMINGO, República Dominicana.– El juez Franny González Castillo, de la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional, decidirá este viernes 16 de octubre si acoge o rechaza la solicitud de modificar la calificación jurídica con la que son procesados Antonio y Maribel Espaillat por el desplome del techo de la discoteca Jet Set, tragedia que dejó 236 personas fallecidas y más de 180 heridas.

La decisión representa un momento clave en el proceso judicial, debido a que determinará si los hermanos Espaillat continúan siendo juzgados por homicidio involuntario, como solicita el Ministerio Público, o si se modifica la imputación para incluir una calificación de homicidio voluntario, como reclaman abogados que representan a las víctimas.

La diferencia entre ambas posiciones tiene importantes consecuencias jurídicas. Según las calificaciones debatidas en el tribunal, el homicidio involuntario contempla una pena máxima de dos años de prisión, mientras que la calificación de homicidio voluntario podría exponer a los imputados a condenas de hasta 30 años, si se cumplen los requisitos legales y se demuestra su responsabilidad penal.

No obstante, la audiencia de este viernes no tiene como finalidad determinar la culpabilidad o inocencia de los acusados ni imponer una condena. El juez deberá resolver si corresponde modificar la calificación jurídica del expediente en esta etapa del juicio.

Los querellantes piden cambiar la acusación

La solicitud de modificación fue presentada por abogados que representan a familiares de las víctimas del derrumbe, quienes consideran que los elementos expuestos durante el juicio de fondo justifican examinar los hechos bajo una calificación penal más grave.

Entre los juristas que han impulsado el planteamiento figuran Gregory Adames, Luis Aybar y Plinio Piña, quienes presentaron una acusación alterna. A su petición se han sumado otros representantes legales de los querellantes.

Los abogados sostienen que los testimonios y las informaciones presentadas durante las audiencias permiten discutir si los responsables del establecimiento pudieron prever el riesgo de un desenlace mortal y, aun así, continuar con actuaciones que habrían contribuido a la tragedia.

Su argumento gira en torno a la figura del dolo eventual, una categoría jurídica que, en términos generales, se relaciona con la posibilidad de que una persona prevea un resultado ilícito y actúe aceptando ese riesgo.

Desde esa perspectiva, los querellantes consideran que los hechos no deberían analizarse exclusivamente como una conducta negligente, sino que ameritan examinar si existen elementos para atribuir una responsabilidad penal de mayor gravedad.

La petición ha abierto una discusión jurídica sobre el alcance de las pruebas producidas durante el proceso, la legislación aplicable al momento de los hechos y las condiciones necesarias para modificar la calificación de los delitos atribuidos a los imputados.

La defensa rechaza la modificación

Los abogados de Antonio y Maribel Espaillat se oponen a la solicitud de los querellantes y sostienen que no han surgido elementos nuevos que justifiquen cambiar la calificación de homicidio involuntario establecida durante la etapa preliminar.

La defensa argumenta que la gravedad de las consecuencias del derrumbe no basta, por sí sola, para demostrar que los acusados actuaron con intención de matar o que aceptaron conscientemente la posibilidad de provocar muertes.

También ha cuestionado la aplicación de la figura del dolo eventual al caso, al plantear objeciones relacionadas con el principio de legalidad y con las disposiciones penales vigentes cuando ocurrió la tragedia.

En ese sentido, los abogados defensores sostienen que la responsabilidad penal debe establecerse a partir de hechos y pruebas concretas, y no únicamente por la magnitud del daño causado.

La controversia enfrenta, por tanto, dos interpretaciones sobre cómo deben evaluarse las actuaciones atribuidas a los hermanos Espaillat: una que busca una calificación penal más grave y otra que defiende la tipificación con la que fueron enviados a juicio.

El juez advierte sobre las consecuencias jurídicas

Durante las audiencias anteriores, el magistrado González Castillo señaló que la petición requiere un análisis cuidadoso, tanto por sus implicaciones penales como por las cuestiones relacionadas con la competencia del tribunal.

El juez explicó que para resolver el incidente debe valorar las pruebas que se han presentado hasta el momento en el juicio, así como los argumentos jurídicos de las partes.

El magistrado también indicó que la Cuarta Sala Penal conoce infracciones cuya sanción puede alcanzar hasta diez años de privación de libertad, lo que plantea una cuestión sobre la competencia material del tribunal si se acoge una calificación que contemple penas mayores.

Esta circunstancia añade otra dimensión al debate, pues la decisión no solo puede afectar la tipificación penal de los hechos, sino también las actuaciones procesales que corresponderían si el caso pasa a una jurisdicción distinta.

Los abogados de los querellantes han solicitado que, de acogerse la nueva calificación, se adopten las medidas procesales necesarias para garantizar la continuidad del juicio y el respeto al derecho de defensa de los imputados.

El magistrado ha dejado claro que su decisión deberá fundamentarse en las normas jurídicas aplicables y en los elementos presentados ante el tribunal.

Un derrumbe que marcó al país

La tragedia ocurrió la noche del 8 de abril de 2025, cuando se desplomó el techo de la discoteca Jet Set, ubicada en la avenida Independencia del Distrito Nacional, mientras numerosas personas participaban en una actividad musical.

El colapso provocó la muerte de 236 personas y dejó más de 180 heridas, convirtiéndose en uno de los sucesos más graves registrados recientemente en la República Dominicana.

Entre las víctimas se encontraban ciudadanos de distintas edades y sectores sociales, incluidos profesionales, figuras públicas y personas que asistían al establecimiento para disfrutar de una presentación musical.

El hecho generó una amplia movilización de los organismos de emergencia, que trabajaron durante horas en las labores de rescate y recuperación de las víctimas.

Desde entonces, familiares de los fallecidos y sobrevivientes han reclamado que se esclarezcan las circunstancias del derrumbe y se establezcan las responsabilidades correspondientes.

El proceso judicial contra los hermanos Espaillat constituye una de las principales vías para determinar si hubo actuaciones u omisiones penalmente relevantes relacionadas con el mantenimiento, las condiciones estructurales y la operación del establecimiento.

¿Qué puede pasar después de la decisión?

El fallo de este viernes determinará si el tribunal mantiene la calificación jurídica actual o permite la modificación solicitada por los querellantes.

Si el juez rechaza el cambio, el proceso continuará bajo la calificación vigente, sin que ello signifique una declaración anticipada de inocencia o culpabilidad de los acusados.

Si acoge la solicitud, deberán examinarse las consecuencias procesales de la nueva calificación, incluidas las garantías que correspondan a la defensa y la eventual cuestión de la competencia del tribunal.

En cualquiera de los escenarios, la decisión sobre la calificación jurídica no equivaldrá a una condena. La responsabilidad penal de Antonio y Maribel Espaillat deberá determinarse mediante el proceso judicial y a partir de las pruebas admitidas y valoradas conforme a la ley.

La audiencia mantiene la atención de los familiares de las víctimas y de la sociedad dominicana, que esperan que el caso avance hacia el esclarecimiento de lo ocurrido y la determinación de las responsabilidades que correspondan.

Este viernes, el tribunal tendrá que resolver uno de los principales puntos de controversia del juicio: si los hechos deben seguir examinándose como homicidio involuntario o si existen fundamentos jurídicos para que sean juzgados bajo una calificación más grave.

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