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Tribunal Constitucional anula decreto que modificaba escalafón de las Fuerzas Armadas

SANTO DOMINGO.– El Tribunal Constitucional (TC) declaró no conforme con la Constitución de la República el Decreto núm. 178-25, emitido por el Poder Ejecutivo el 2 de abril de 2025, mediante el cual se procuraba modificar el Reglamento de Aplicación de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas para establecer una nueva escala de rangos entre alistados y suboficiales.

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La decisión está contenida en la Sentencia TC/0287/26, emitida el pasado 27 de mayo de 2026, mediante la cual la alta corte acogió en cuanto al fondo una acción directa de inconstitucionalidad presentada por el ciudadano Jhonny Robinson Almánzar.

Tras analizar los argumentos presentados en el proceso, el tribunal concluyó que el decreto presidencial excedía las facultades reglamentarias del Poder Ejecutivo al introducir modificaciones en aspectos fundamentales de la estructura jerárquica militar, materia que se encuentra reservada de manera exclusiva al legislador.

De acuerdo con la sentencia, la organización interna, el escalafón de rangos y la estructura jerárquica de las Fuerzas Armadas están regulados por la Ley núm. 139-13, Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, aprobada por el Congreso Nacional en ejercicio de sus atribuciones constitucionales.

Los jueces constitucionales determinaron que el Poder Ejecutivo no puede alterar mediante decreto disposiciones que forman parte de una ley orgánica, debido a que ello vulnera el principio de separación de poderes y la denominada reserva de ley establecida por la Constitución.

La decisión reafirma que cualquier modificación relacionada con la estructura de rangos militares debe ser aprobada por el Congreso Nacional a través de los procedimientos legislativos correspondientes y no mediante disposiciones reglamentarias emitidas por el Poder Ejecutivo.

El fallo también fortalece el criterio jurisprudencial del Tribunal Constitucional en torno a los límites de la potestad reglamentaria de la administración pública, estableciendo que los reglamentos deben limitarse a desarrollar y ejecutar las leyes sin modificar su contenido esencial.

La acción fue presentada por Almánzar al considerar que el decreto alteraba aspectos sustanciales de la legislación vigente sobre las Fuerzas Armadas, creando categorías y disposiciones que, a su juicio, solo podían ser establecidas mediante una reforma legal aprobada por el Congreso.

Con esta decisión, el Decreto núm. 178-25 queda sin efecto jurídico, manteniéndose vigente el régimen de rangos y escalafones establecido en la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas hasta que el Poder Legislativo disponga lo contrario mediante una eventual modificación legislativa.

La sentencia constituye un precedente relevante en materia constitucional al delimitar las competencias entre los poderes del Estado y reafirmar el papel del Congreso Nacional como órgano responsable de legislar sobre la organización y funcionamiento de las instituciones militares del país.