Deportes

Decreto 601-26: qué cambia con el nuevo reglamento para supervisar y regular el béisbol en República Dominicana

El Poder Ejecutivo promulgó el 26 de agosto de 2026 el Decreto núm. 601-26, que establece nuevas reglas de supervisión para el béisbol profesional y recreativo, las academias, las ligas y los programas de desarrollo. La protección de menores, prospectos, jugadores y demás participantes figura entre los principales ejes de la normativa.

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SANTO DOMINGO, RD.- La República Dominicana cuenta desde este 26 de agosto con un nuevo marco reglamentario para la supervisión y regulación de una de sus principales actividades deportivas: el béisbol.

Mediante el Decreto núm. 601-26, el Poder Ejecutivo aprobó el Reglamento para la Supervisión del Béisbol Profesional y Recreativo y de las Academias, Ligas y Programas de Desarrollo en la República Dominicana, una normativa que busca ordenar el funcionamiento del sector, fortalecer los mecanismos de control y ampliar la protección de quienes participan en sus diferentes niveles.

El reglamento abarca una extensa cadena del sistema de béisbol dominicano: ligas, equipos, jugadores, academias, prospectos, agencias, representantes, intermediarios, entrenadores, árbitros, scouts y programas de desarrollo, entre otros actores.

La autoridad competente para aplicar estas funciones será la Dirección del Comisionado Nacional de Béisbol, órgano funcionalmente desconcentrado del Ministerio de Deportes y Recreación.

¿Qué persigue el Decreto 601-26?

La nueva reglamentación tiene como propósito establecer reglas comunes de supervisión, registro y seguimiento para los diferentes participantes del béisbol dominicano.

Entre sus principios figuran la legalidad, integridad deportiva, transparencia, debido procedimiento administrativo, protección de los atletas, igualdad de oportunidades, seguridad, prevención de conflictos de interés y buena fe.

Uno de los aspectos de mayor alcance es el reconocimiento del interés superior del menor de edadcomo un principio central en las actividades donde participen niños y adolescentes.

Tabla 1. Principales objetivos del nuevo reglamento

Área¿Qué busca el Decreto 601-26?
OrganizaciónOrdenar y supervisar el sistema de béisbol
RegistroIdentificar y dar seguimiento a los principales actores
ProtecciónFortalecer los derechos de atletas y participantes
MenoresPrevenir abuso, explotación, negligencia y abandono escolar
AcademiasEstablecer condiciones mínimas de funcionamiento
ContratosPromover transparencia y protección contractual
IntegridadPrevenir conflictos de interés y manipulación de competiciones
SeguridadSupervisar instalaciones y condiciones de práctica
FormaciónImpulsar capacitación de entrenadores y árbitros
ControlPermitir inspecciones, denuncias y medidas preventivas

Un registro nacional para el sistema de béisbol

Uno de los pilares de la nueva normativa será el Registro Nacional del Sistema de Béisbol.

A través de este mecanismo se busca inscribir, certificar, verificar y dar seguimiento a los diferentes participantes y entidades vinculadas a la actividad.

¿Quiénes deberán formar parte del sistema de registro?

Participantes y entidades
Ligas
Equipos
Jugadores
Academias
Agencias
Representantes
Intermediarios
Entrenadores
Árbitros
Scouts
Otros actores vinculados al béisbol

Las personas y organizaciones inscritas deberán mantener actualizada su información.

Sin embargo, el reglamento aclara que esta inscripción no sustituye las licencias, permisos o autorizaciones que puedan corresponder a otras autoridades competentes.

Gráfico 1. Alcance del sistema de supervisión

                    DECRETO 601-26
                          │
                          ▼
         DIRECCIÓN DEL COMISIONADO NACIONAL
                          │
        ┌─────────────────┼─────────────────┐
        ▼                 ▼                 ▼
   BÉISBOL            BÉISBOL          ACADEMIAS Y
 PROFESIONAL        RECREATIVO          DESARROLLO
        │                 │                 │
        ▼                 ▼                 ▼
 Jugadores          Ligas y equipos     Prospectos
 Contratos          Entrenadores        Menores
 Transferencias     Árbitros            Scouts
 Agencias           Eventos             Agentes
 Scouts             Seguridad           Alojamiento

¿Cómo estará organizada la supervisión?

La Dirección del Comisionado Nacional de Béisbol contará con una estructura encabezada por una Dirección Ejecutiva y dos áreas sustantivas.

Tabla 2. Áreas principales de supervisión

DependenciaPrincipales responsabilidades
Dirección EjecutivaCoordinación general y ejecución de las funciones del organismo
Dirección TécnicaSupervisión técnica, infraestructura, academias, entrenamiento, seguridad y dopaje
Dirección de Regulación del BéisbolRegistro y supervisión administrativa de los actores del sector

Esta estructura permitirá dividir las funciones entre la supervisión de las condiciones técnicas y deportivas y el control administrativo y registral del sistema.


Béisbol profesional: contratos, jugadores y transferencias

En el ámbito profesional, el reglamento contempla la supervisión de ligas y organizaciones, así como mecanismos relacionados con el registro de jugadores y equipos, las transferencias y el depósito de contratos.

La normativa incorpora condiciones mínimas vinculadas a:

  • Protección contractual
  • Transparencia
  • Consentimiento informado
  • Registro y seguimiento de participantes

También regula aspectos relacionados con la integridad deportiva, incluyendo la prevención de la manipulación de competiciones, los conflictos de interés y el dopaje.

Tabla 3. Aspectos que impactan el béisbol profesional

TemaAlcance de la supervisión
JugadoresRegistro y seguimiento
EquiposRegistro y supervisión
ContratosDepósito y condiciones mínimas de protección
TransferenciasReglas y seguimiento
AgenciasRegistro y actuación dentro del sistema
RepresentantesSupervisión administrativa
IntermediariosReglas de actuación
ScoutsRegistro y supervisión
IntegridadPrevención de prácticas que afecten las competiciones
DopajeSupervisión y prevención

Además, se establece un consejo consultivo honorífico con funciones asesoras dentro del sistema.


Academias: uno de los puntos centrales del reglamento

Las academias de béisbol ocupan un espacio especialmente importante dentro del Decreto 601-26.

La normativa establece que deberán registrarse y cumplir con condiciones relacionadas con la seguridad, salubridad, higiene y mantenimiento de sus instalaciones.

El alcance de las obligaciones aumenta cuando una academia proporciona servicios adicionales a los atletas, como alojamiento, alimentación o transporte.

Tabla 4. Obligaciones y condiciones para las academias

Servicio o áreaCondición que promueve el reglamento
InstalacionesSeguridad y mantenimiento adecuados
HigieneCondiciones de salubridad
AlojamientoHabitabilidad y trato digno
AlimentaciónCondiciones adecuadas de nutrición
TransporteSeguridad y supervisión
PersonalIdoneidad para sus funciones
EntrenamientoProgramas organizados y supervisados
SaludAtención y protección médica
AtletasReconocimiento y protección de sus derechos

El objetivo es que el desarrollo deportivo de los prospectos esté acompañado por condiciones adecuadas para su bienestar y dignidad.


Protección reforzada para menores de edad

Este es probablemente uno de los componentes de mayor importancia del nuevo reglamento.

El Decreto 601-26 establece una protección especial para los menores de edad que participan en actividades vinculadas al béisbol, desde el reclutamiento y evaluación hasta su entrenamiento y desarrollo.

Para determinadas actividades será necesaria la autorización de los padres, madres, tutores o responsables legales.

La normativa ordena prevenir situaciones como:

Gráfico 2. Riesgos que el reglamento busca prevenir

                PROTECCIÓN DEL MENOR
                        │
     ┌──────────────────┼──────────────────┐
     ▼                  ▼                  ▼
    ABUSO          EXPLOTACIÓN          ACOSO
     │                  │                  │
     └──────────────────┼──────────────────┘
                        ▼
                 DISCRIMINACIÓN
                        │
              ┌─────────┴─────────┐
              ▼                   ▼
         NEGLIGENCIA       SOBREENTRENAMIENTO
              │                   │
              └─────────┬─────────┘
                        ▼
                ABANDONO ESCOLAR

El reglamento también busca evitar que la actividad deportiva perjudique aspectos esenciales del desarrollo de niños y adolescentes.

Tabla 5. Áreas de protección de los menores

Derecho o áreaProtección prevista
EducaciónEvitar que el deporte provoque abandono o afecte la formación escolar
SaludProtección de la integridad física y bienestar
DescansoPrevenir exigencias que afecten la recuperación
Desarrollo integralProteger el crecimiento personal y social
DignidadGarantizar trato respetuoso
SeguridadPrevenir riesgos y situaciones abusivas
ReclutamientoExigir transparencia y prohibir prácticas engañosas o abusivas
Participación familiarRequerir autorización en determinadas actividades

El texto pone especial atención en evitar el abuso, explotación, acoso, discriminación, negligencia y sobreentrenamiento.

También procura impedir que las exigencias del béisbol provoquen el abandono escolar o afecten negativamente la salud, el descanso y el desarrollo integral de los menores.


¿Qué cambia para agentes, representantes y scouts?

El nuevo reglamento también incorpora al sistema de supervisión a quienes intervienen en el proceso de identificación, representación y desarrollo de jugadores.

Las agencias, representantes, intermediarios y scouts quedan comprendidos dentro del alcance del Registro Nacional del Sistema de Béisbol y de las normas de supervisión administrativa correspondientes.

La reglamentación pone énfasis en la transparencia y la buena fe, particularmente en procesos donde pueden existir relaciones de representación, reclutamiento o negociación.

Tabla 6. Actores y principales áreas de control

ActorEnfoque del reglamento
AgenciasRegistro y supervisión
RepresentantesTransparencia y actuación regulada
IntermediariosPrevención de conflictos y prácticas indebidas
ScoutsRegistro y supervisión de su participación
ReclutadoresTransparencia en la evaluación de prospectos
AcademiasProtección y condiciones de desarrollo
EntrenadoresCertificación, capacitación e idoneidad

En el caso de los prospectos, el reclutamiento y la evaluación deberán realizarse sin prácticas engañosas o abusivas.


El béisbol recreativo también entra bajo supervisión

El alcance del Decreto 601-26 no se limita al béisbol profesional o a las academias.

El reglamento también establece disposiciones para el béisbol recreativo, incluyendo la supervisión de ligas y organizaciones, el registro y categorización de jugadores y equipos y la organización de eventos.

Entre los aspectos contemplados están la certificación de entrenadores, el registro y capacitación de árbitros y las condiciones de seguridad de las instalaciones.

Un punto específico es la exigencia de una póliza de responsabilidad civil para los equipos.

Tabla 7. Principales disposiciones para el béisbol recreativo

ÁreaMedida contemplada
LigasSupervisión y registro
EquiposRegistro y categorización
JugadoresRegistro y clasificación
EventosOrganización bajo normas de supervisión
EntrenadoresCertificación
ÁrbitrosRegistro y capacitación
InstalacionesCondiciones de seguridad
EquiposPóliza de responsabilidad civil
DesarrolloProgramas de formación deportiva

Asimismo, se promueve la coordinación con la Federación Dominicana de Béisbol para fortalecer los programas de desarrollo y la organización de esta disciplina.


Inspecciones, denuncias y medidas preventivas

La Dirección del Comisionado Nacional de Béisbol contará con facultades de control para verificar el cumplimiento de las disposiciones establecidas.

Entre sus funciones estarán:

  • Realizar inspecciones
  • Recibir quejas y denuncias
  • Exigir medidas de subsanación
  • Dar seguimiento a incumplimientos
  • Adoptar medidas administrativas preventivas en casos de riesgo grave o inminente

Estas medidas podrán aplicarse cuando exista peligro para la salud, la seguridad o los derechos de los participantes.

No obstante, el reglamento establece que las actuaciones administrativas deberán respetar principios como la legalidad, proporcionalidad, debido procedimiento y derecho de defensa.

Gráfico 3. Ruta de actuación ante posibles incumplimientos

 DETECCIÓN DE SITUACIÓN
           │
           ▼
   QUEJA, DENUNCIA O
      INSPECCIÓN
           │
           ▼
 VERIFICACIÓN DEL CASO
           │
           ▼
 ¿EXISTE INCUMPLIMIENTO
      O RIESGO?
      │           │
     SÍ           NO
      │           │
      ▼           ▼
 MEDIDAS DE     ARCHIVO O
 SUBSANACIÓN    SEGUIMIENTO
      │
      ▼
 ¿RIESGO GRAVE O
    INMINENTE?
      │
   ┌──┴──┐
   ▼     ▼
  SÍ     NO
   │      │
   ▼      ▼
MEDIDA   PROCEDIMIENTO
PREVENTIVA ADMINISTRATIVO

Datos personales y confidencialidad

Otro aspecto incluido en la normativa es la protección de la confidencialidad y los datos personales.

Esto adquiere especial relevancia debido a la cantidad de información que puede concentrarse en procesos de registro, evaluación de jugadores, actividades de academias y seguimiento de prospectos, particularmente cuando se trata de menores de edad.

El manejo de la información deberá realizarse dentro de las garantías y procedimientos establecidos por el ordenamiento correspondiente.


Solución de controversias y coordinación institucional

El reglamento también contempla mecanismos para la solución de conflictos mediante:

  • Conciliación
  • Mediación
  • Arbitraje, cuando corresponda

Además, promueve la coordinación entre instituciones y la elaboración de estadísticas e informes sobre el funcionamiento del sistema de béisbol.

Esto podría permitir una mayor disponibilidad de información para conocer la estructura y evolución de los distintos sectores vinculados a esta actividad deportiva.


¿Quiénes quedan bajo el alcance del Decreto 601-26?

Gráfico 4. Mapa general de los sectores alcanzados

                         BÉISBOL RD
                             │
       ┌───────────────┬─────┴─────┬───────────────┐
       ▼               ▼           ▼               ▼
 PROFESIONAL      RECREATIVO    ACADEMIAS      DESARROLLO
       │               │           │               │
 Jugadores          Ligas       Prospectos      Programas
 Equipos            Equipos     Menores         Entrenamiento
 Contratos          Eventos     Alojamiento     Formación
 Transferencias     Árbitros    Salud           Evaluación
 Agencias           Coaches     Nutrición       Reclutamiento
 Scouts             Seguridad   Transporte      Scouts

Las claves del nuevo reglamento

Tabla 8. Diez puntos para entender el Decreto 601-26

No.Clave
1Crea un marco general para supervisar el béisbol profesional y recreativo
2Incluye academias, ligas y programas de desarrollo
3Fortalece la protección de jugadores y demás participantes
4Establece el Registro Nacional del Sistema de Béisbol
5Coloca bajo supervisión a agencias, representantes, intermediarios y scouts
6Regula aspectos relacionados con contratos, transferencias e integridad deportiva
7Establece condiciones para el funcionamiento de las academias
8Refuerza la protección de niños y adolescentes
9Permite inspecciones, denuncias y medidas preventivas
10Promueve transparencia, seguridad, confidencialidad y solución de controversias

En resumen

El Decreto 601-26 representa una nueva estructura de regulación para el ecosistema del béisbol en la República Dominicana.

Su alcance va más allá de los torneos profesionales. La normativa incorpora desde las ligas recreativas hasta las academias donde se forman prospectos, así como a los agentes, representantes, scouts, entrenadores y árbitros que intervienen en el desarrollo de la actividad.

Uno de sus principales énfasis está en la protección de los atletas y, de manera especial, de los menores de edad, con disposiciones orientadas a prevenir abusos, explotación, negligencia, sobreentrenamiento, prácticas engañosas y abandono escolar.

La implementación del Registro Nacional del Sistema de Béisbol, las nuevas facultades de inspección y seguimiento y las obligaciones aplicables a academias y demás participantes colocan la supervisión y la transparencia como ejes de un reglamento que busca ordenar de manera integral una de las actividades deportivas de mayor importancia para la República Dominicana.

El reglamento preserva la validez de los registros y certificaciones expedidos anteriormente conforme a las normas vigentes, deroga las disposiciones de igual o inferior jerarquía que le sean contrarias y entra en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.

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