Senado deberá decidir sobre reducción del plazo para aplicar régimen penal a empresas
Santo Domingo.- La Cámara de Diputados aprobó una modificación al proyecto de ley que ajusta la entrada en vigencia del régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas, reduciendo de 24 a 18 meses el período de adecuación inicialmente aprobado por el Senado de la República.
La iniciativa, que ahora deberá regresar a la Cámara Alta para su conocimiento, busca establecer un plazo adicional para que las empresas y otras organizaciones puedan prepararse para cumplir con las disposiciones contempladas en los artículos 8, 9, 10 y 11 del nuevo Código Penal dominicano.
Con la modificación aprobada por los diputados, la entrada en vigencia de estos artículos quedaría prevista para el 5 de mayo de 2028, en lugar del 5 de noviembre de ese mismo año, como había establecido inicialmente el Senado.
La decisión legislativa se produce a pocos días de la fecha prevista para la aplicación de estas disposiciones, fijada originalmente para el 5 de noviembre de 2026.
Diputados modifican propuesta del Senado
El proyecto había sido aprobado previamente por el Senado, que otorgó un período de 24 meses para facilitar la adaptación de las personas jurídicas al nuevo marco legal.
Sin embargo, durante la sesión celebrada este martes 3 de noviembre, la Cámara de Diputados declaró de urgencia la iniciativa y la aprobó con modificaciones en dos discusiones consecutivas.
La reducción del plazo implica que las empresas dispondrán de seis meses menos para implementar los mecanismos necesarios para cumplir con las nuevas disposiciones penales.
Al introducir cambios al proyecto, la Cámara Baja deberá remitirlo nuevamente al Senado, que tendrá la responsabilidad de decidir si acepta o rechaza las modificaciones realizadas.
Hasta que el Congreso complete el procedimiento legislativo correspondiente y la nueva disposición sea promulgada, el ajuste no podrá considerarse definitivo.
¿Qué establece el régimen penal de personas jurídicas?
El régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas constituye una de las disposiciones incorporadas al nuevo Código Penal dominicano, establecido mediante la Ley núm. 74-25 y posteriormente modificado por la Ley núm. 44-26.
Los artículos 8, 9, 10 y 11 contemplan las condiciones bajo las cuales empresas y otras entidades pueden enfrentar consecuencias penales por determinados delitos vinculados con sus actividades, representantes, administradores o empleados.
Estas disposiciones buscan establecer un marco de responsabilidad para las organizaciones cuando se cumplan los requisitos previstos en la legislación, sin excluir necesariamente la responsabilidad individual de las personas físicas involucradas en los hechos.
El régimen también contempla aspectos relacionados con la responsabilidad de las entidades, su continuidad en determinadas circunstancias y las condiciones bajo las cuales puede extenderse la responsabilidad a otras organizaciones vinculadas.
La aplicación de estas normas representa un cambio importante en el sistema penal dominicano, al incorporar mecanismos para establecer responsabilidades que no se limitan exclusivamente a las personas físicas.
Empresas deberán prepararse para nuevas obligaciones
El período de adecuación busca permitir que las organizaciones revisen sus procedimientos internos, fortalezcan sus mecanismos de supervisión y adopten medidas de prevención de riesgos legales.
La preparación incluye la revisión de políticas de cumplimiento, controles internos, sistemas de dirección y mecanismos de prevención de posibles infracciones dentro de las actividades empresariales.
El debate sobre la extensión del plazo también ha involucrado al sector empresarial, que ha solicitado al Congreso completar el proceso legislativo antes de la fecha inicialmente establecida para la entrada en vigencia de los artículos.
Entre las organizaciones que podrían verse alcanzadas por estas disposiciones figuran empresas de distintos tamaños, cooperativas, asociaciones sin fines de lucro y otras entidades comprendidas dentro del ámbito de aplicación de la legislación.
La propuesta procura que las organizaciones dispongan de tiempo suficiente para comprender las nuevas obligaciones y desarrollar las estructuras necesarias para cumplirlas.
Próximo paso en el Senado
La modificación aprobada por los diputados deberá ser conocida nuevamente por el Senado, que tendrá que decidir si mantiene el plazo de 18 meses o si restablece el período de 24 meses aprobado originalmente.
La decisión de la Cámara Alta será determinante para establecer el calendario definitivo de aplicación del régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas.
Mientras tanto, el resto de las disposiciones del nuevo Código Penal continúa sujeto a su propio calendario de vigencia, ya que la prórroga discutida se refiere específicamente a los artículos relacionados con la responsabilidad penal de las empresas y otras entidades jurídicas.

